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El Código Civil y Comercial de la generación del Bicentenario

La semana pasada la Presidenta de la Nación promulgó el nuevo Código Civil y Comercial, que comenzará a regir la vida de los 40 millones de argentinos desde el 1 de enero de 2016. Con ese acto, se cerró un proceso histórico de elaboración participativa y democrática de una norma tan importante, que regula situaciones de nuestra vida cotidiana: del nacimiento al fallecimiento de las personas.

El Código Civil que estaba vigente fue sancionado en 1869, no contemplaba los derechos humanos y civiles conquistados por el pueblo en su conjunto y por las “minorí­asˮ durante el siglo XX. Era momento de modernizar esa legislación para actualizarla a nuestra época y para consolidar en forma definitiva gran parte de los nuevos derechos consagrados en los últimos 11 años. Otra vez, fue Cristina Fernández de Kirchner quien entendió en el año 2011 la necesidad de iniciar este proceso histórico de reforma y actualización que culminó con la aprobación del nuevo Código. Para ello impulsó un largo e intenso debate federal con todos los sectores académicos, polí­ticos y sociales. Esta obra, dijo la Presidenta entonces, no será la obra de un hombre (como fue el caso del Código de Vélez Sarsfield) y no se aprobará “a libro cerradoˮ como en aquel entonces: éste será el Código de la generación del Bicentenario, que será debatido en todo el paí­s y por todos los sectores. Es por ello que éste es el Código de la democracia.

El Gobierno Nacional, desde el año 2003, ha decidido llevar adelante un proceso de modernización y actualización de la legislación en la Argentina.  Muchas de las leyes  vigentes en nuestro paí­s requerí­an ser adecuadas a la realidad de los tiempos presentes, realidad modificada durante las últimas décadas, por profundos cambios sociales y culturales.

Se impulsaron diversas iniciativas legislativas para acompañar esos cambios sociales. Muchas de esas leyes son los grandes hitos de un proceso de ampliación de derechos que sólo puede ser comparado en nuestra historia con el realizado durante el primer peronismo. Allí­ están las leyes de Servicios de Comunicación Audiovisual, de Matrimonio Igualitario, de Identidad de Género,  de Protección Integral de los Derechos de las Niñas/os y Adolescentes, de Prevención y Sanción de la Trata de Personas, entre otras. El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación es una demostración más del  compromiso polí­tico del Gobierno Nacional en la consolidación de más y mejores derechos.

¿Cuáles son los avances del nuevo Código?  

Los especialistas que han llevado a cabo esta tarea, se basaron en principios jurí­dicos con una clara orientación polí­tica: la identidad cultural latinoamericana, la igualdad real ante la ley, la consagración de un paradigma no discriminatorio y de los derechos individuales y colectivos, el reconocimiento de que vivimos en una sociedad multicultural.

Las principales modificaciones del proyecto de Código Civil y Comercial:

·       –  Se consolidan los avances del  matrimonio igualitario, sin realizar distinciones entre varón y mujer a los efectos de definir quiénes pueden unirse en matrimonio.

·       –  Se regulan las técnicas de  reproducción humana asistida, igualándola con la filiación por adopción y la natural.

·       –  Se simplifica el régimen jurí­dico de la  adopción, con prioridad en el interés superior del niño, haciéndolo más rápido y viable.

·       –  Se adecua  la legislación para garantizar el ejercicio pleno de los  derechos  por parte de los niños/as y adolescentes, de los pueblos originarios y de las personas con Discapacidad.

·       –  Se crea el instituto de la  unión convivencial  brindando derechos y protección a esta forma habitual de vida en pareja.

·       –  Se simplifica el trámite del  divorcio, para evitar dolorosas causa judiciales. Además se prevé una compensación económica en caso de que uno de los cónyuges quede en situación de vulnerabilidad económica.

·      –  Se reconocen los  derechos  a la dignidad, la intimidad, el honor e imagen, entre otros.

Pero es importante remarcar que ésta no es sólo una reforma integral de la legislación, encarada luego de 145 años, sino que sobre todo es la institucionalización de los derechos económicos, sociales y culturales conquistados desde el 2003, en un proceso que para el pueblo argentino es irreversible.

Portada
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